martes, 16 de octubre de 2018

Reformas a la justicia en Colombia

El artículo 229 de La Constitución Política de Colombia dice que se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia. El articulo 2 afirma que uno de los fines esenciales del Estado es garantizar la convivencia pacífica. El preámbulo nos dice que la Constitución asegura a los colombianos la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz. Y, por último, en el artículo 86 encontramos que toda persona tendrá la acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por si misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. Desafortunadamente los colombianos no tenemos memoria de largo plazo y muy pronto se nos olvidan los casos que en su momento nos sacaron de quicio. Somos muy proclives al borrón y cuenta nueva y olvidamos con mucha facilidad. En relación con la justicia se nos olvidó que hubo puertas giratorias con el tú me eliges y yo te elijo en las altas cortes. Que algún día hubo un caso Colmenares. Que tuvimos un cartel de la Toga. Que tuvimos abogados como Víctor Pacheco, juez Abelardo Andrade Meriño, que tuvimos encopetados Pretel, Musa Besaile, Alejandro Lyons, Noño Elías, Luis Gustavo Moreno y Leonardo Pinilla. Que en el caso de Odebrecht nuestra justicia no lo detectó y nos enteramos por que la justicia estadounidense nos avisó que nos estaban desangrando. Que mientras los niños mueren de hambre en la Guajira la plata del programa de alimentación escolar es robada. Y también se nos olvida que los mismos congresistas quieren hacer la reforma a la justicia, pero para aprovecharla para su propio beneficio y no permiten hacerla mediante la Asamblea Nacional Constituyente. Muchos de los intentos de reformas se han producido debido a los escándalos que se nos han presentado. Son pocas las que tratan de que llegue una justicia pronta al ciudadano del común. Se ha debatido la conformación de un órgano que juzgue a los magistrados de las Altas Cortes cuando se presentó el caso Pretelt, lo relacionado con las facultades electorales cuando ocurrió el yo te elijo tú me eliges. Pasamos del sistema escritural al oral para atacar la morosidad judicial y, por último, sacamos una ley para tratar de solucionar la mala preparación de los abogados litigantes haciéndoles un examen obligatorio para que puedan litigar desconociendo que el principal problema de los abogados es de ética y de moral. Las reformas a la justicia se han presentado durante toda nuestra vida republicana. Las más recientes se presentan desde el 2003 cuando pretendió crear centros de justicia de pronta instancia de descentralización como refuerzo en la seguridad ciudadana. En el 2004 se establece en el sistema judicial la oralidad a todos los procesos como solución a la congestión en los juzgados. En el 2008 se pretendió la elección de los magistrados de las Altas Cortes a través de concurso público. En el 2011, se implementó la doble instancia para procesos adelantados a funcionarios con fuero Constitucional. Se aumentó la edad de 65 a 70 años de retiro forzoso de los magistrados de las altas Cortes y se eliminó el Consejo Superior de la Judicatura. En 2013, Se trató de convocar al pueblo colombiano a una Asamblea Nacional Constituyente que pretendía reformar la Constitución en lo relacionado con la justicia. Fue archivado por el Congreso de los colombianos. En 2014 tuvimos la mas parecida a una solución, pero sin tocar ni atacar el verdadero problema, solo tocó la alta alcurnia de la justicia: gerencia de la rama judicial, Consejo de gobierno judicial, comisión de aforados, condiciones y requisitos para ocupar cargos en las Altas Cortes. En el 2015 se reguló las funciones de los órganos de administración de la justicia de la Rama Judicial y los encargados de disciplinar a los funcionarios de la Rama Judicial y se reglamentó la elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. En el 2017 se pretendió convocar al pueblo colombiano a una Asamblea Nacional Constituyente para efectuar una reforma integral y estructural a la justicia. Y, por Ultimo, con la pretendida reforma hoy en debate en el Congreso se pretende reformar: el aumento de las inhabilidades para los magistrados luego de retirarse del cargo, la forma como se elige al procurador y al Auditor General, la obligación a los jueces de acatar las sentencias de unificación de las altas Cortes, una supercorte y para rematar se pretende reformar el articulo 86 de la Constitución limitando el uso de la tutela. ¿Será necesario quitarnos o reformar la tutela para que recuperemos la confianza en la justicia? La actual reforma a la justicia no atiende los verdaderos problemas por los que estamos pasando los colombianos: el atraso y la morosidad judicial. Y, aunque seamos unos desmemoriados no se nos puede olvidar que un país sin justicia no puede ser y que bajo los efectos de la corrupción no podrá ser justa. Así mismo, no podemos permitir que nos quite o reforme nuestra última esperanza: la tutela. Para concluir, la solución podría llegar con una Asamblea Nacional Constituyente para reformarla. Deberíamos elegir a nuestros jueces y magistrados por voto popular. Y, por último, los jueces y magistrados ir a laborar los sábados sin atender al publico solo evacuando los procesos con sus sentencias.

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